- Seguros en caso de muerte. Este tipo de seguros presentan la siguiente característica: al momento en que el asegurado fallece, la aseguradora pagará al beneficiario (seleccionado o seleccionados por el asegurado) la Suma Asegurada acordada previamente.
- Seguros en caso de vida. En este tipo de seguros la aseguradora abona al asegurado la Suma Asegurada, siempre y cuando el contratante viva al vencimiento del plazo contratado. También puede convenirse el pago de una renta periódica mientras viva el asegurado, a partir de una fecha establecida de antemano.
- Seguros mixtos. Constituyen una combinación de los seguros de muerte y de vida. Por lo tanto, la Suma Asegurada se paga a los beneficiarios si el asegurado muere antes de vencer el contrato, oy se le entrega a él si sobrevive a esa fecha.
Es importante revisar las condiciones generales del producto contratado, para conocer exactamente las claúsulas de nuestro seguro.
También se pueden clasificar según el número de personas que cubren:
- Seguros sobre una cabeza: Se paga el seguro cuando fallece la persona asegurada.
- Sobre dos o más cabezas: Mediante este contrato se asegura la vida de dos o más personas y el seguro se paga cuando muere una de ellas a favor de la otra u otras.
- Seguros individuales: Son los contratos por medio de los cuales se asegura una persona con un seguro de muerte, de vida o mixto. Son contratados por el cliente mismo.
- Seguros colectivos o de grupo: En estos contratos se asegura la vida de numerosas personas. El seguro se paga a la muerte de estas, a los beneficiarios instituidos. Generalmente son contratados por empresas, dándolo como prestación a sus empleados.
- Seguros con cláusulas adicionales: De acuerdo con estas cláusulas la póliza puede prever otros beneficios.
- Seguros sin cláusulas adicionales: Son aquellos cuyas pólizas solo prevé el seguro de muerte, vida o mixto.
Si pensáramos en este momento, y tomáramos las decisiones adecuadas, podríamos estar más tranquilos el día que llegue el momento de partir.
No hay comentarios:
Publicar un comentario